¿Cuál es el costo efectivo de una operación de financiación bajo las siguientes condiciones?
Tasa de interés 29,2322%EA
Cuota de Manejo: $19.300 mensuales
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miércoles, 30 de noviembre de 2016
Taller "Le regalamos las tres primeras cuotas"
Por un bien que cuesta $10 millones si se paga de contado, una entidad ofrece crédito a 60 meses pagando cuotas iguales cada mes por $320.000 y para convencer al cliente le dicen que le "regalan" las tres primeras cuotas. ¿Qué tasa de interés le están cobrando?
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martes, 29 de noviembre de 2016
Reglas de transparencia y homogeneización
Decreto 2555 de 2010
Artículo 6.1.1.1.5 (Art. 1.2.1.5. Resolución 400 de 1995 Adicionado. Res. 179 de 2002, art. 1° Adicionado. Res. 137 de 2002, art. 1° (Derogada) Modificado. Res. 514 de 2002. art. 1° (Derogada Res. 274 de 2004) Modificado Res. 274 de 2004, art. 1o).
Reglas de transparencia y homogeneización.
1. Reglas para el pago de intereses.
Los valores de contenido crediticio o mixto que sean objeto de oferta pública deberán cumplir con lo siguiente:
Los intereses sólo podrán ser pagados al vencimiento del período objeto de remuneración. Tales períodos serán mensuales, trimestrales, semestrales o anuales y se contarán a partir de la fecha de emisión y hasta el mismo día del mes, trimestre, semestre o año siguiente. En caso de que dicho día no exista en el respectivo mes de vencimiento, se tendrá como tal el último día calendario del mes correspondiente.
...
En caso de que el día del último pago de intereses corresponda a un día no hábil, el emisor deberá pagar los intereses el día hábil siguiente y reconocer los intereses hasta ese día.
2. Reglas para el cálculo de los intereses.
En cada emisión, los intereses se calcularán desde el inicio del respectivo período empleando una cualquiera de las siguientes convenciones:
a. 360/360. Corresponde a años de 360 días, de doce (12) meses, con duración de treinta (30) días cada mes.
b. 365/365. Corresponde a años de 365 días, de doce (12) meses, con la duración mensual calendario que corresponda a cada uno de éstos, excepto para la duración del mes de febrero, que corresponderá a veintiocho (28) días.
c. Real/real. Corresponde a años de 365 ó 366 días, de doce (12) meses, con la duración mensual calendario que corresponda a cada uno de éstos.
En ningún caso se podrán emplear convenciones distintas de las anteriormente enunciadas, ni crear nuevas a partir de combinaciones de los factores que correspondan a cada una de éstas, de manera tal que la convención que se emplee sea consistente.
3. Factor de cálculo y liquidación de intereses.
En el factor para el cálculo y la liquidación de los intereses se deberán emplear seis (6) decimales aproximados por el método de redondeo, ya sea que se exprese como una fracción decimal (0,000000) o como una expresión porcentual (0.0000%).
Cuando en las condiciones de emisión se ofrezcan tasas de interés expresadas en términos nominales, compuestas por un indicador de referencia nominal más un margen, se entiende que la tasa a emplear para la determinación del factor de liquidación corresponderá al total que resulte de adicionar al valor del respectivo indicador el margen ofrecido.
Así mismo, cuando en las condiciones de emisión se ofrezcan tasas de interés expresadas en términos efectivos, compuestas por un indicador de referencia efectivo más un margen, se entiende que la tasa a emplear para la determinación del factor de liquidación corresponderá al total que resulte de multiplicar uno (1) más el valor del respectivo indicador por (1) uno más el margen ofrecido y a este resultado se le restará 1 (uno).
Artículo 6.1.1.1.5 (Art. 1.2.1.5. Resolución 400 de 1995 Adicionado. Res. 179 de 2002, art. 1° Adicionado. Res. 137 de 2002, art. 1° (Derogada) Modificado. Res. 514 de 2002. art. 1° (Derogada Res. 274 de 2004) Modificado Res. 274 de 2004, art. 1o).
Reglas de transparencia y homogeneización.
1. Reglas para el pago de intereses.
Los valores de contenido crediticio o mixto que sean objeto de oferta pública deberán cumplir con lo siguiente:
Los intereses sólo podrán ser pagados al vencimiento del período objeto de remuneración. Tales períodos serán mensuales, trimestrales, semestrales o anuales y se contarán a partir de la fecha de emisión y hasta el mismo día del mes, trimestre, semestre o año siguiente. En caso de que dicho día no exista en el respectivo mes de vencimiento, se tendrá como tal el último día calendario del mes correspondiente.
...
En caso de que el día del último pago de intereses corresponda a un día no hábil, el emisor deberá pagar los intereses el día hábil siguiente y reconocer los intereses hasta ese día.
2. Reglas para el cálculo de los intereses.
En cada emisión, los intereses se calcularán desde el inicio del respectivo período empleando una cualquiera de las siguientes convenciones:
a. 360/360. Corresponde a años de 360 días, de doce (12) meses, con duración de treinta (30) días cada mes.
b. 365/365. Corresponde a años de 365 días, de doce (12) meses, con la duración mensual calendario que corresponda a cada uno de éstos, excepto para la duración del mes de febrero, que corresponderá a veintiocho (28) días.
c. Real/real. Corresponde a años de 365 ó 366 días, de doce (12) meses, con la duración mensual calendario que corresponda a cada uno de éstos.
En ningún caso se podrán emplear convenciones distintas de las anteriormente enunciadas, ni crear nuevas a partir de combinaciones de los factores que correspondan a cada una de éstas, de manera tal que la convención que se emplee sea consistente.
3. Factor de cálculo y liquidación de intereses.
En el factor para el cálculo y la liquidación de los intereses se deberán emplear seis (6) decimales aproximados por el método de redondeo, ya sea que se exprese como una fracción decimal (0,000000) o como una expresión porcentual (0.0000%).
Cuando en las condiciones de emisión se ofrezcan tasas de interés expresadas en términos nominales, compuestas por un indicador de referencia nominal más un margen, se entiende que la tasa a emplear para la determinación del factor de liquidación corresponderá al total que resulte de adicionar al valor del respectivo indicador el margen ofrecido.
Así mismo, cuando en las condiciones de emisión se ofrezcan tasas de interés expresadas en términos efectivos, compuestas por un indicador de referencia efectivo más un margen, se entiende que la tasa a emplear para la determinación del factor de liquidación corresponderá al total que resulte de multiplicar uno (1) más el valor del respectivo indicador por (1) uno más el margen ofrecido y a este resultado se le restará 1 (uno).
lunes, 28 de noviembre de 2016
jueves, 24 de noviembre de 2016
Ejercicio Tasas Variables IBR 01
En una operación al IBR+3% sobre un principal de $500 millones se requiere liquidar el interés a pagar el 27 de julio de 2016 para el período que inició el 27 de junio de 2016 tomando como tasa aplicable el IBR de la fecha de inicio del período de causación de intereses.
Los intereses se deben liquidar utilizando una base 360/360.
Ejercicio Crédito con Tasa Variable - DTF 01
El 5 de enero de 2015 se recibieron $36 millones de un crédito que deberá pagarse a 3 años en cuotas mensuales al DTF + 8% bajo un sistema de abono a capital constante.
Tenga en cuenta que el Banco cobrará los intereses al final de cada período con la DTF (TA) vigente al inicio del período.
DTF NA/TA: 4,23%
¿Cuál será el valor de la primera cuota?
Tenga en cuenta que el Banco cobrará los intereses al final de cada período con la DTF (TA) vigente al inicio del período.
DTF NA/TA: 4,23%
¿Cuál será el valor de la primera cuota?
Ejercicio Bases de liquidación 02
Para una operación que tiene pactada una tasa de interés del 10%EA sobre un valor nominal de $100 millones, liquide los intereses semestrales que debieron pagarse el 5 de julio de 2016 para el semestre que iniciaba el 5 de enero de 2016:
Considere las siguientes bases de liquidación:
A. Base 360 / 360
B. Base 365 / 365
C. Base 360 / 365
D. Base 365 / 360
E. Actual / 365
F. Actual / Actual
Considere las siguientes bases de liquidación:
A. Base 360 / 360
B. Base 365 / 365
C. Base 360 / 365
D. Base 365 / 360
E. Actual / 365
F. Actual / Actual
Ejercicio Bases de Liquidación 01
En una operación crediticia se desembolsan $ 100 millones y se pacta una tasa de interés del 10%EA. La fecha de desembolso fue 1 de febrero de 2016 y se realizó un único pago el 10 de marzo del mismo año.
¿Cuántos días deben considerarse para liquidar los intereses?
Si trabajamos el período en años ¿Cuál es la fracción de año?
¿Cuántos días deben considerarse para liquidar los intereses?
Si trabajamos el período en años ¿Cuál es la fracción de año?
miércoles, 23 de noviembre de 2016
Taller Semántica Financiera
Las tasas de interés que se presentan a continuación corresponden a diferentes operaciones de crédito de consumo en Colombia (HOY)
A. 1,6% MVB. 18% MVC. 1,5% por mesD. 17% Capitalizable Mes VencidoE. 20%F. 1,55% Nominal mensualG. 18% Nominal mes vencidoH. 19% AMVI. 1,4% mensualJ. 18% anual MVK. 18% ANMVL. 17,6% NMVM. 20% EAN. 16,5% ACMVO. 19% efectivoP.17% CMVQ.18% mensual vencido
¿De qué estamos hablando?
lunes, 21 de noviembre de 2016
Taller 1
- Para una alternativa de
inversión se establece una tasa de interés mensual del 1.2% que se
mantendrá constante. Si se invierten $2 millones, ¿Cuánto dinero se logra
acumular?
1
año después $______________ 5 años
después $______________
- Si usted necesita contar con
$10’000.000 dentro de 2 años y medio y para ello deposita hoy una suma
dinero en un Banco que le ofrece el 1% mensual.
¿Qué cantidad debe depositar? $___________________
- Para una
inversión de $50 millones se establece una tasa anual del 9,0% que se
liquida en un semestre (con un calendario comercial). El valor acumulado
al final es:
- Compare la rentabilidad de las
siguientes alternativas de inversión (Calendario 360):
- Un título valor que se compra
en el mercado secundario por $96’450.000 y paga 120 días después $100
millones.
- Un CDT que ha sido constituido
por $98 millones y paga 90 días después $100 millones.
- Un título valor
se compró por $99’120.000 el 5 de junio del año anterior y se obtuvieron
82 días después $100 millones. (Trabaje con un calendario de 365 días por
año) ¿Qué rentabilidad anual se obtuvo? ______________
Mensaje de Bienvenida
Hola, este es el blog del curso "Matemáticas Financieras para la Mesa de Distribución - Banco de Bogotá". Aquí encontrarán presentaciones, soluciones a los talleres de clase y enlaces de interés, entre otros. Cualquier inquietud por favor escribir a calderonricardo@gmail.com.
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